Piso ganancial, ¿quien tiene que presentar la demanda?

Piso ganancial, ¿quien tiene que presentar la demanda?.

Suele ocurrir frecuentemente la situación en la que se produce la necesidad de presentar una demanda de desahucio, pero la propiedad no es de una persona única, sino de la sociedad de gananciales, y en este caso, ¿quien debe de ser la parte demandante que presente y encabece el escrito de demanda en el Juzgado?. La parte demandante deben de ser ambos cónyuges, pues de lo contrario, el inquilino, la parte demandada puede oponer acertadamente una excepción procesal consistente en la falta de legitimación activa, lo que podría suponer la desestimación de la demanda e incluso imposición de costas a la parte demandante.

Ocurre en multitud de ocasiones que el contrato de alquiler se ha perfeccionado entre en inquilino y uno sólo de los propietarios (el esposo o la esposa), lo que no impide que el proceso de desahucio se pueda interponer por ambos como es necesario. ¿Qué ocurre en los casos en los que uno de los cónyuges no quiere  puede actuar como parte demandante?, en ese caso no se podrá insta el procedimiento de desahucio expess con todas garantías, pues cabrá la incertidumbre de la oposición de la parte demandada y la posible estimación de la demanda formulada por parte del Juez al que se le asigne el conocimiento del mismo y deba de resolver la procedencia o improcedencia de las pretensiones de la demanda.

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