RESOLVER CONTRATO DE ALQUILER POR SUBARRENDAR EL INQUILINO EL PISO

RESOLVER CONTRATO DE ALQUILER POR SUBARRENDAR EL INQUILINO EL PISO:

 

El hecho de que se pueda subarrendar un determinado piso de alquiler es dispositivo, de tal manera que se puede autorizar o prohibir conforme se indique en el correspondiente contrato de alquiler. Pues ben, para el caso en el que no esté permitido, y a pesar de ello, el inquilino realquile en todo o en parte el inmueble (no sería el caso de que no exista pago de dinero, pues en ese caso, no estaríamos ante un subarriendo) a un tercero, se podrá instar la resolución contractual pidiendo la imposición de las costas procesales a la parte demandada, pero el principal problema radica en la posibilidad de acreditar, o no , la existencia de ese subarriendo, pues evidentemente si se pretende desahuciar a un inquilino por el motivo del subarriendo, evidentemente el inquilino demandado tratará de negarlo, correspondiente conforme el artículo 147 Lec acreditar la concurrencia del subarriendo para poder resolver el contrato de alquiler, de modo que en los casos claros será conveniente comenzar los trámites y en los dudosos convendrá no realizar el desahucio por este motivo, e interponer la demanda más adelante por otro motivo si concurre, pues si el propietario en definitiva esta cobrando la renta pactada, no debe de suponer un problema el subarriendo, pues al resolver el contrato o desahuciar al inquilino, se procede a la correlativa pérdida de derechos o desahucio al inquilino realquilado.

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