¿PUEDE EL INQUILINO OBLIGARME A BAJAR EL ALQUILER?.
Cualquier contrato se celebra conforme las indicaciones literales y fieles de la voluntad de ambas partes, propietario e inquilino, de manera que podrá modificarse en cualquier momento por la misma voluntad concurrente de ambas partes contratantes, ¿puede alguna de las partes obligar a la subida a bajada del precio de la renta del alquiler?, no, salvo que precisamente si que esté expresamente previsto en alguna de las estipulaciones del contrato (como pueden ser subidas, reducciones, o actualizaciones de renta).
Mientras que las cosas funcionen bien y la relación no cuente con discrepancias no habrá problema en alargar la duración del contrato de alquiler el tiempo que sea necesario, en cambio, si una de las partes no quiere las condiciones y pretende cambiar algún termino, no podrá imponerlo, y en todo caso tendrá que optar por la rescisión del contrato en todo caso en el momento en el que le sea posible.
Existe el pensamiento de que una parte puede acordar unilateralmente condiciones que no sean desfavorables a la otra parte, como por ejemplo, que el propietario se empeñe en bajar el alquiler, o el inquilino en subirlo, para mantener la relación, pues no podrá imponerse, en todo momento deberá de estar ala cuerdo de las partes, y en su defecto al estricto cumplimiento de las cláusulas expuestas en la contratación vigente.
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