Segunda oportunidad a inquilino moroso

Segunda oportunidad a inquilino moroso:

Volver a confiar arrendador e inquilino
Segunda oportunidad inquilino

Alquilar un inmueble es una cuestión compleja, pues a pesar de lo simple que pueda parecer se derivan innumerables interactuaciones de derechos y obligaciones entre las partes. Cada caso es un mundo y es por ello que debemos de evitar generalizar. Tanto parte arrendadora como arrendataria deben de desear concertar la contratación con la otra parte, y para el caso de que se quiera dar una segunda oportunidad y volver a confiar por parte del propietario en el inquilino a pesar de haber pasado un periodo de impago se podrá realizar sin problema siempre y cuando el inquilino así también lo quiera, pero no existirá obligación.

Actualmente el inquilino tendrá derecho a un mínimo de 3 años de contratación, y si no ha sido requerido otros dos años (en total 5). Es por ello que el propietario podrá instar la resolución contractual en el tercer año, quinto o cualquier renovación anual posterior. En cambio el inquilino podrá instar la resolución contractual en cualquiera de las anualidades. ¿A qué se debe dicha regulación?, se trata de garantizar la estabilidad en el tiempo para los inquilinos.

Tomar la decisión, ¿alquilo otra vez el piso al mismo inquilino?.

Evidentemente si no ha llegado a cumplir con sus obligaciones de pago, no. Si ha cumplido con la mayoría de los pagos o ha debido dinero hasta el momento en el que termina el contrato por un motivo razonable y existe buena relación cordial con el inquilino, sí. Normalmente si ha existido una buena relación esta podrá continuar, pero si la relación no ha sido siempre positiva y han existido desencuentros lo mas inteligente es resolver la relación contractual. En un caso intermedio lo mas prudente es no realizar un contrato nuevo, sino meramente prorrogarlo por un año mas previo establecimiento de las correspondientes garantías.

La relación entre propietario no debe de ser personal sino limitarse a lo meramente contractual, pues en ocasiones cuanta mas confianza se coge mas se mezcla las cuestiones personales con las del alquiler y en muchos casos por ello surgen mas problemas y malos entendidos o estos se complican innecesariamente. Lo mejor es ser todo lo claro que se pueda en la relación y no entrar en conversaciones en las que unas partes y otras cuentan sus intimidades, pues en principio no pasa nada, pero por nuestra experiencia, muchos casos se complican innecesariamente por ello, conviriténdose lo que en su día era una relación cordial en un gran enfrentamiento que va mas allá de lo que debería, lo estrictamente contractual.

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